Ofertas de Cuba

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Contenedor Cuba
Salida de contenedor planificada: 25 de abril
Recogida hasta: 20 de abril
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Contacto: +34 662 96 98 59
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Alquiler de coches desde 59 € (económico)

Suplementos: seguro diario 22 €, depósito de combustible lleno 54 €. La reserva se realiza al realizar el pago.

Envío Artículos Batería
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Precios de envío aéreo de equipaje no acompañado
  • Peso mínimo a enviar: 30 kilogramos.​
  • Se calcula el peso volumétrico de cada paquete y se compara con el peso en kilogramos. El cliente pagará por el valor mayor.
  • La media de tiempo de entrega en Cuba es de 30 días a partir de la salida de España.
  • La empresa encargada de la recepción y entrega de la carga en Cuba es Aerovaradero S.A, la cual tiene sus puntos de entrega en aeropuertos.
¿Qué es equipaje no acompañado?

El equipaje no acompañado (ENA) lo utilizan los cubanos residentes en Cuba que ingresan por primera vez al país en el año. Con esta condición es que pueden hacer su importación. El residente tiene derecho a importar hasta 950 pesos en valores, según la lista de precios de la Aduana de Cuba. Cada Kilogramo de miscelánea que ingrese a Cuba la Aduana lo valora en 10 pesos. Los electrodomésticos se valoran según un listado de precios de la aduana cubana.

Debe tener en cuenta que la aduana cubana suma el valor del equipaje personal más el que envía como ENA. La suma de valores de los dos no puede superar los 950 puntos.

Los impuestos en moneda nacional por pago de ENA son de carácter progresivo según el peso y artículos que lleve.

En el momento de despachar la carga, al cliente se le hace entrega de las condiciones generales del envío. En ellas se indica cómo actuar en caso de incidencias o atrasos.

¿Qué es menaje del hogar?

La definición y los requisitos para el despacho del menaje de casa se encuentran regulados en la Resolución No. 122, del Jefe de la Aduana General República, 24 marzo 2009:

… enseres domésticos tales como artículos, muebles y enseres que no teniendo el carácter de efectos personales sirven para el uso o comodidad doméstica. No incluye bombas o motores, alimentos, material de construcción o reparación de viviendas, accesorios y piezas repuesto cualquier tipo, máquinas, herramientas, muebles sanitarios, cercas, pinturas, vehículos automotores, embarcaciones, aeronaves y sus partes, piezas y accesorios cualquier otro que no clasifique como enseres domésticos de los comprendidos en antes mencionados.

No se acepta la importación por concepto de menaje de artículos cuya importación al país no se encuentra autorizada, o que estando sujetos a permiso o autorización de organismo competente, no cumplan con dicho requisito, y de artículos que no estén comprendidos en la clasificación de menaje casa.

Para la autorización del menaje en lo que respecta a cantidades de artículos (enseres y mobiliarios), se tendrá en cuenta que dichas cantidades correspondan con los espacios habitacionales de la vivienda al cual están destinados. En el caso los equipos electrodomésticos solo se admitirán exentos del pago, dos (2) equipos de cada tipo.

El menaje de casa debe ser embarcado hacia Cuba en el mismo país de donde procede la persona.

Los artículos que no clasifiquen como Menaje de Casa, se despacharán excepcionalmente como envío, hasta el límite de importación que para cada caso corresponde y previo pago de los derechos de aduanas que procedan. En el caso de artículos que no clasifiquen como misceláneas, solo se permitirá la importación de dos de cada tipo.

Las personas naturales con derecho a importar menaje de hogar son los que a continuación se relacionan:

    • Extranjeros que adquieren su residencia de forma permanente en el territorio nacional, por una sola vez, los que disponen de un término de 6 meses contados a partir de serle otorgada la residencia permanente en el país.
    • Extranjeros no residentes permanentes en el territorio nacional, que adquieran en propiedad o arrienden viviendas o apartamentos, en las inmobiliarias autorizadas, por una sola vez, en este caso, pueden ejercer el derecho para importar el menaje siempre que el contrato esté vigente y no hayan ejercido ese derecho con anterioridad.
    • Residentes permanentes en el territorio nacional, a su regreso definitivo después de haber salido a trabajar o estudiar en el extranjero, en función o misión oficial, por un período de dos años o más, por una sola vez en cada misión y disponen de un término de 6 meses contados a partir su regreso después de concluida la misión para ejercer el derecho a la importación de menaje casa.
    • Funcionarios del servicio exterior de la República Cuba, con la correspondiente franquicia expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores y disponen de un término de 6 meses contado a partir la fecha de su regreso al país para ejercer el derecho a la importación de menaje casa.
    • Cualquier otra persona amparada en las disposiciones legales que se dicten por organismo competente.

El menaje de hogar se encuentra exento del pago de los derechos aduana, debiendo el interesado abonar únicamente el impuesto que corresponda por concepto de servicios de aduana prestados.